Tendrán carácter público, de conformidad con lo establecido en los artículos 5.2 y 43 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, los siguientes datos de los profesionales sanitarios: Nombre y Apellidos, Titulación, Especialidad, Lugar de ejercicio, Categoría y función, en su caso. A solicitud de los profesionales sanitarios podrá inscribirse en el Registro, con carácter de dato público, el grado de desarrollo profesional que tengan reconocido.
La Administración sanitaria de la Junta de Andalucía garantizará el acceso a los datos de carácter público contenidos en el Registro por parte de los ciudadanos y ciudadanas que así lo deseen.
El tratamiento de los datos de carácter personal contenidos en los registros de profesionales sanitarios regulados en este Decreto, se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la misma.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, los Colegios de Profesionales Sanitarios y los Consejos Andaluces de Colegios de Profesionales Sanitarios, deberán crear y mantener actualizado un registro de sus respectivos profesionales sanitarios colegiados.
El Colegio Profesional de Podólogos de Andalucía es el órgano competente para la gestión de registros públicos de profesionales podólogos y tendrá que desarrollar las siguientes acciones:
Recoger y actualizar los datos de los profesionales sanitarios incorporados al Colegio Profesional de Podólogos de Andalucía.
Comprobar la autenticidad de los datos que vayan a ser objeto de inscripción, de acuerdo con la documentación presentada por los profesionales en la que se acrediten validamente los mismos.
Facilitar al Registro los datos incluidos en el Decreto en relación con los profesionales sanitarios que estén incorporados al Colegio Profesional de Podólogos de Andalucía.
Actualizar los datos periódicamente una vez creado el Registro de Profesionales Sanitarios.
El Colegio Profesional de Podólogos de Andalucía, ya ha comenzado con la recogida y actualización de los datos de los profesionales, y tiene previsto finalizar la implantación del Registro de Profesionales Sanitarios que le corresponde antes del mes de Julio de 2009.