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PROTOCOLO DE BAJA

La baja o pérdida de condición de colegiado está regulada en el art. 24 del Estatuto del Colegio de Podólogos de Andalucía.
Puede producirse por los siguientes motivos:

-Fallecimiento.
-Incapacidad legal.
-Expulsión como consecuencia de una sanción impuesta a través del correspondiente procedimiento disciplinario.
-Traslado.
-Baja voluntaria comunicada por escrito.
-Baja forzosa por incumplimiento de las obligaciones colegiales y económicas establecidas.

Baja voluntaria o traslado:

1. El colegiado comunicará su deseo de darse de baja y rellenará el modelo de baja voluntaria adjunto en el anexo II.
2. Deberá presentar, junto a su solicitud de baja, la baja en el IAE y/o en la licencia de funcionamiento, la extinción del contrato de trabajo o cualquier otra documentación que fuera necesaria. En caso de traslado, bastará cualquier documento que acredite que va a desempeñar la mayor parte de su actividad laboral en el territorio de otro Colegio de Podólogos.
3. Si faltara alguna documentación, se requerirá al colegiado para que la presente.
4. Una vez presentada toda la documentación necesaria, el Colegio emitirá resolución motivada de baja, informando de los posibles recursos que podrían presentarse.

Baja forzosa o expulsión:

El Colegio emitirá resolución motivada informando de los posibles recursos que puede presentar el interesado contra dicha resolución.

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